Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://hdl.handle.net/10469/12935
Tipo de Material: Artículo
Título : El derecho a radiodifundir
Autor : Loreti, Damián
Fecha de Publicación : dic-1996
Ciudad: Editorial : Quito, Ecuador : CIESPAL
Cita Sugerida : Loreti, Damián. 1996. El derecho a radiodifundir. Chasqui 56: 52
Descriptores / Subjects : DERECHO
LIBERTAD DE EXPRESIÓN
INFORMACIÓN
ESPAÑA
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
SENTENCIA
Paginación: p. 52
Resumen / Abstract : Desde la aprobación de la Declaración de Derechos Humanos de París, en 1948, ha comenzado a tener vigencia el concepto del derecho a la información como la configuración del derecho a recibir, difundir e investigar informaciones y opiniones. Evidentemente, tal instituto jurídico encierra una compleja naturaleza por encerrar un plexo de facultades y obligaciones, tanto para quien produce y emite la información, cuanto para quien la recibe, reconoce y resemantiza la misma. En este marco, la radiodifusión -a la luz de la legislación-debe ser interpretada como un medio técnico particular que se utiliza para el ejercicio de derechos reconocidos a nivel nacional e internacional como el de la libertad de expresión, de prensa y el derecho a la información.
Copyright: openAccess
Atribución-NoComercial-SinDerivadas 3.0 Ecuador
URI: http://hdl.handle.net/10469/12935
Aparece en las colecciones: Chasqui No. 056

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