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http://hdl.handle.net/10469/16237
Tipo de Material: | Artículo |
Título : | El derecho a la consulta previa y su aplicación en el Perú 30 años después del Convenio 169-OIT |
Autor : | Hallazi, Luis |
Fecha de Publicación : | abr-2019 |
Ciudad: Editorial : | Quito, Ecuador : CAAP |
ISSN : | 2528-7761 |
Cita Sugerida : | Hallazi, Luis. 2019. El derecho a la consulta previa y su aplicación en el Perú 30 años después del Convenio 169-OIT. Ecuador Debate, 106: 111-127. |
Descriptores / Subjects : | DERECHO RECURSOS GOBIERNO POLÍTICA ADMINISTRACIÓN PERÚ |
Paginación: | p. 111-127 |
Resumen / Abstract : | En este artículo, el autor transcribe una nota de la Defensoría del Pueblo, de la República de Perú, que sintetiza la realidad y devenir de la Consulta Libre e Informada, que solo se aplica desde el año 2011, pese a que el país es signatario del Convenio 169 de la OIT, por cerca de 30 años. Siempre será necesario recordar que Perú es un país minero por excelencia por lo que el grueso de la IED va a ese sector. La nota, transcrita de la Defensoría dice: “Señor Ministro, debido al inadecuado momento en el que se han realizado las consultas previas, hemos observado además que los acuerdos logrados con los pueblos indígenas versan sobre obligaciones y competencias funcionales... y no como la normativa exige para prevenir afectaciones de los derechos indígenas” léase derechos inherentes a los pueblos y no concesiones para restitución y remediación infringidos a recursos tangibles. |
Copyright: | openAccess Atribución-NoComercial-SinDerivadas 3.0 Ecuador |
URI : | http://hdl.handle.net/10469/16237 |
Aparece en las colecciones: | Revista Ecuador Debate No. 106 |
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