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http://hdl.handle.net/10469/24338
Type: | Libro |
Title: | La protección internacional de las personas LGBTI: solicitudes de la condición de refugiado relacionadas con la orientación sexual y/o la identidad de género |
Authors: | Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) |
Issue: | 2014 |
Publisher: | México D.F. : Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) |
Citation: | Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR). 2014. La protección internacional de las personas LGBTI: solicitudes de la condición de refugiado relacionadas con la orientación sexual y/o la identidad de género. México D.F.: Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR). |
Keywords: | PROTECCIÓN LEGAL REFUGIADOS MOVIMIENTOS DE HOMOSEXUALES LESBIANAS GAYS BISEXUALES TRANSEXUALES O INTERSEXUALES (LGBTI) IDENTIDAD SEXUAL ORIENTACIÓN SEXUAL IGUALDAD DE DERECHOS LEGISLACIÓN VIOLENCIA DISCRIMINACIÓN SEXUAL |
Format: | 42 páginas |
metadata.dc.description.sponsorship: | Publicaciones Convenios ONU |
metadata.dc.coverage.spatial: | MX |
Description: | En muchas partes del mundo, las personas experimentan violencia y persecución debido a su orientación sexual real o percibida o su identidad de género. Las personas que huyen de sus países de origen por esta causa deben, por lo tanto, iempre tener acceso a mecanismos de protección ya que pueden calificar para recibir la protección internacional como refugiadas o ser consideradas como beneficiarias de otras formas de protección complementaria en los países de asilo. Esta es una preocupación fundamental para la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR). La denominación de una persona como lesbiana, gay, bisexual, transgénero o intersex (LGBTI) asegura el reconocimiento legal de la orientación sexual o de la identidad de género como condición esencial de la persona a ser protegida. La noción de LGBTI como un sector específico permite visibilizar y reconocer la discriminación histórica a la que han estado sometidas las personas que se encuentran en este supuesto, contribuyendo a ofrecer protección acorde a sus necesidades particulares. Cabe señalar que una persona con una orientación sexual o identidad de género diversa no necesariamente deberá de auto identificarse bajo la denominación LGBTI para ser acreedora de protección. |
Rights: | openAccess Atribución-NoComercial-SinDerivadas 3.0 Ecuador |
URI: | http://hdl.handle.net/10469/24338 |
Appears in Collections: | Colección General |
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