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http://hdl.handle.net/10469/3012
Tipo de Material: | Tesis de maestría |
Título : | La prohibición para que los ministros de cultos religiosos en México sean votados y su justificación en la actualidad |
Autor : | Ferrer Silva, Carlos Alberto |
Asesor de Tesis: | Salazar Ugarte, Pedro |
Fecha de Publicación : | 2011 |
Ciudad: Editorial : | México : FLACSO México |
Cita Sugerida : | Ferrer Silva, Carlos Alberto (2011). La prohibición para que los ministros de cultos religiosos en México sean votados y su justificación en la actualidad. Maestría en Derechos Humanos y Democracia; FLACSO México. México. 123 p. |
Descriptores / Subjects : | DERECHOS POLÍTICOS IGLESIA Y ESTADO CLERO LIBERTAD RELIGIOSA LAICISMO MÉXICO |
Paginación: | 123 p. |
Índice / Contenido: | I. Un breve recorrido histórico-legislativo de la relación Iglesia-Estado en México. -- II. De la Constitución de 1917 al año de 1992. -- III. La Reforma de 1992 y la situación jurídica actual del derecho de voto pasivo de los ministros de culto religioso en México. -- IV. Libertad religiosa y laicidad: un binomio inseparable. -- V. Los derechos fundamentales y sus límites. -- VI. Justificación de la restricción al voto pasivo de los ministros de culto religioso en México |
Resumen / Abstract : | En México, los ministros de cultos religiosos están impedidos para ser votados a cargos de elección popular. Se considera que esta restricción se justifica en la actualidad, por lo siguiente: 1.La historia muestra que la intromisión de la Iglesia en asuntos del Estado tuvo efectos negativos, como la indebida cancelación de la libertad religiosa; 2. El derecho a ser votado no es absoluto, sino que puede y debe limitarse para garantizar el ejercicio de otros derechos fundamentales y principios constitucionales; 3. Una condición indispensable de la democracia es la laicidad, que obliga al Estado a mantenerse ajeno a posiciones religiosas o antirreligiosas y, con ello, a garantizar la libertad religiosa, la tolerancia y la pluralidad, y 4. Si los ministros de cultos religiosos ocuparan cargos públicos, se quebrantarían o, al menos, se pondrían en riesgo: i) La laicidad y la libertad religiosa; ii) La representación política, cuyas decisiones deben ver y guiarse por razones de interés público y general y no por razones e intereses sectarios o religiosos, y iii) El cumplimiento y observancia del orden jurídico nacional el cual está basado en leyes civiles y no en dogmas o creencias religiosas. |
Copyright: | openAccess |
URI: | http://hdl.handle.net/10469/3012 |
Aparece en las colecciones: | Tesis. Estado de derecho, derechos humanos y democracia |
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