Descripción:
El hecho de que resulte poco razonable pedir que se rinda cuentas sobre la información de relevancia pública y los procesos de su producción no equivale a promover o declarar la indemnidad o irresponsabilidad jurídica por los contenidos difundidos a través de los medios de comunicación, ya que lo que corresponde, en caso de abuso de estas libertades o violación de los derechos de las personas,esaplicarlas reglas jurídicas para la sanción de las infracciones previamente establecidas y la realización de las reparaciones correspondientes que se ordenen judicialmente o que se acuerden extrajudicialmente.