Descripción:
La seguridad ciudadana, como política pública, no puede limitar las libertades individuales. De allí que ninguna de las tres instituciones públicas como dispositivos disciplinarios (Foucault, 1989) –policía, justicia y cárcel- puedan violar ningún derecho y mucho menos el de la libertad, porque éste prevalece sobre la seguridad, tanto que es un derecho humano que debe ser protegido legal e institucionalmente. Sin embargo, el sistema penal lo hace y al hacerlo trastoca la ecuación: pone la seguridad por sobre la libertad; la carreta delante de los bueyes…