Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://hdl.handle.net/10469/4693
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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.creatorRosero Garcés, Rocío-
dc.creatorGoyes Quelal, Solanda-
dc.date2008-11-
dc.date.accessioned2013-01-29T15:14:22Z-
dc.date.available2013-01-29T15:14:22Z-
dc.identifier.citationRosero Garcés, Rocío; Goyes Quelal, Solanda. Los derechos de las mujeres en la constitución del 2008 (Políticas Públicas). En: La Tendencia. Revista de Análisis Político. Referéndum: convergencia progresista. Quito: FES-ILDIS, (no. 8, octubre-noviembre 2008): pp. 77-82. ISSN: 13902571es_EC
dc.identifier.issn13902571-
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10469/4693-
dc.descriptionLa Constitución del 2008 coloca a los seres humanos en el centro y en la razón de ser de las acciones del Estado y vincula el desarrollo de las personas al cuidado y sostenibilidad de la naturaleza; para ello, contempla la creación de un régimen de desarrollo en el que confluyen “el conjunto organizado, sostenible y dinámico de los sistemas económicos, políticos, socio – culturales y ambientales, que garantizan la realización del buen vivir, del sumak kawsay”. De esta manera, todo el andamiaje legal e institucional está condicionado a la noción del buen vivir, lo cual reemplaza al principio liberal de la dignidad humana. Por otra parte, la nueva Constitución establece una visión sistémica de la institucionalidad garante y protectora de los derechos humanos de todas las personas sin discriminación alguna, cuyas características básicas son la articulación del sistema económico con los sistemas político y social y el fortalecimiento de la rectoría de los ministerios sectoriales. Esto implica –por una parte– un rol fundamental del sistema nacional descentralizado de planificación participativa de las políticas públicas en los distintos niveles de gobierno y –por otra– como parte de las garantías constitucionales se establece que la formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos garantice los derechos reconocidos en la Constitución.es_EC
dc.formatp. 77-82es_EC
dc.languagespaes_EC
dc.publisherQuito : FES-ILDISes_EC
dc.subjectCONSTITUCIÓNes_EC
dc.subjectMUJERESes_EC
dc.subjectDERECHOSes_EC
dc.subjectSOLIDARIDADes_EC
dc.subjectIGUALDADes_EC
dc.subjectEQUIDAD DE GÉNEROes_EC
dc.subjectDERECHOS SEXUALESes_EC
dc.subjectMATRIMONIOes_EC
dc.subjectUNIÓN DE HECHOes_EC
dc.subjectIDENTIDAD SEXUALes_EC
dc.subjectREVOLUCIÓNes_EC
dc.subjectEDUCACIÓNes_EC
dc.subjectFAMILIAes_EC
dc.subjectCONSTITUTIONes_EC
dc.subjectWOMENes_EC
dc.subjectRIGHTSes_EC
dc.subjectSOLIDADRIDADes_EC
dc.subjectEQUALITYes_EC
dc.subjectGENDER EQUITYes_EC
dc.subjectSEXUAL RIGHTSes_EC
dc.subjectMARRIAGESes_EC
dc.subjectSEXUAL IDENTITYes_EC
dc.subjectREVOLUTIONes_EC
dc.subjectEDUCATIONes_EC
dc.subjectFAMILYes_EC
dc.subjectECUADOR-
dc.titleLos derechos de las mujeres en la constitución del 2008es_EC
dc.typearticlees_ES
dc.tipo.spaArtículoes_EC
Aparece en las colecciones: Revista La Tendencia No. 08

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