Descripción:
De acuerdo con el artículo 63 de la Ley Orgánica de Comunicación, el Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación es la institución competente para la calificación de contenidos presuntamente discriminatorios, difundidos por los medios de comunicación social del Ecuador, los cuales son denunciados por la ciudadanía o reportados por la Superintendencia de la Información y Comunicación. Estos contenidos comunicacionales tienen las siguientes características. En primer lugar, son contenidos difundidos a través de diferentes formatos: televisivo, radial o impreso, lo cual implica construir herramientas metodológicas que puedan captar los significados y sentidos configurados a través de la articulación de los modos verbal, visual y/o sonoro.